Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Conservatorios De Música. (2022040238)
Decreto 161/2022, de 21 de diciembre, por el que se crea, por la integración en la Red de Centros Educativos Públicos de la Junta de Extremadura, el Conservatorio Oficial de Música "Luis Gordillo" de Montijo.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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municipal profesional de música “Luis Gordillo” de Montijo, a la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su integración en la red de centros docentes públicos no
universitarios de titularidad de la Junta de Extremadura.
Para el correcto funcionamiento del servicio que se presta, resulta necesario que la Junta de
Extremadura tenga la disponibilidad del inmueble en el que se desarrollan actualmente las
actividades del conservatorio y de la escuela. El Ayuntamiento de Montijo transfiere a la Junta
de Extremadura de forma gratuita el uso del edificio, sito en Montijo, en la calle Campo de la
Iglesia número veintiuno. Mide una superficie, según la certificación Catastral Descriptiva y
Gráfica, de ochocientos sesenta y cinco metros cuadrados, existiendo una reducción de cabida
de trece metros, cincuenta y cuatro decímetros y cuarenta y cuatro centímetros cuadrados
que quedan inscritos por la presente. Ocupa una superficie construida, según Registro, de
cien metros cuadrados. Linda: frente, calle Campo de la Iglesia; derecha entrando, inmueble
número 22-D de calle Campo de la Iglesia, de Carmen Díaz Rodas, e inmueble número 17 de
la calle Huertecilla, de María Antonia Martín Nogales; izquierda, calle La Silera y fondo, calle
Huertecilla. Referencia Catastral número 6797115QD0069N0001WM. La Comunidad Autónoma de Extremadura adquiere dicho edificio en virtud del artículo 97.2 de la Ley 2/2008, de
16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura donde el Conservatorio seguirá desarrollando las funciones que tiene atribuidas como bien de dominio público.
El inmueble revertirá al Ayuntamiento en el caso de que éste volviera a asumir las funciones
transferidas por el convenio a la Comunidad Autónoma. En todo caso, serán de aplicación las
condiciones de uso que se establecen en el convenio que incluye como anexo al presente decreto, y que se plasmen en el expediente patrimonial que se formalice al respecto.
Con independencia de lo anterior se hace necesario crear en el ámbito de la administración
autónoma un centro educativo públicos, donde se integre el conservatorio antes aludido. Para
ello, Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura establece, en el apartado 1
del artículo 131 que “la creación de centros educativos públicos corresponde al Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura. La creación de centros públicos de titularidad de otras
Administraciones se realizará mediante convenio”. Además, con carácter general, el artículo
187 de la misma ley dispone que “la Administración educativa y las Entidades Locales tienen
el deber de colaborar para servir los intereses generales y satisfacer con eficacia las necesidades de los ciudadanos”.
Esta facultad de creación de centros trae causa del Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria, en el que se
transfieren, entre otras, las competencias en materia de creación de los centros públicos de
educación no universitaria.