Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249

67631

Viernes 30 de diciembre de 2022

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU

ANEXO XI. SOLICITUD DE PAGO
EXPEDIENTE: (Indique el número de su expediente)
1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE
NIF/NIE

Primer apellido/ Razón social

Segundo apellido

Nombre

País

Provincia

Municipio

Cód.Postal

Tipo vía

Nombre vía pública

Tipo núm

Domicilio

Bloq.

Portal

Teléfono

Esc.

Planta

Pta.

Número

Cal.núm.

Complemento domicilio / Domicilio extranjero

Móvil

Correo electrónico

2. DOMICILIO DE LA INVERSIÓN
Municipio

Provincia

Código Postal

Tipo vía

Nombre vía pública

Tipo núm

Teléfono

Número

Cal.núm.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA:
Cuenta justificativa (declaración de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de
cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados y numerados, con especificación de
los preceptores y los importes correspondientes, así como la forma y medios de pagos utilizados).
Documentos justificativos de la ejecución de la inversión.
Documentos mercantiles acreditativos del pago de la inversión.
Acreditación del cumplimiento de las medidas de información y publicidad.
Declaración de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (Anexo
VIII).
De acuerdo a lo dispuesto en la LEY 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios
públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas podrán recabar o consultar de
oficio los datos que a continuación se relacionan, previa autorización expresa del interesado.
Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento marcando la casilla correspondiente.
Hacienda estatal
Autorizo que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del
cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal.
NO Autorizo que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo
del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, APORTANDO por ello
certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal.

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