Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
63 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 249

67629

Viernes 30 de diciembre de 2022

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU

ANEXO IX. MODELO DE DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE
DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL
PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Don/Doña__________________________________________, con NIF_____________, en
nombre
propio
o
en
representación
de
la
entidad_______________________________________, con NIF: ___________________,
actuando como beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR en el
desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el
Componente 13 «Impulso a la pyme»,
DECLARA
Conocer la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22,
del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
a) La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos
en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en
el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar
búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i.El nombre del perceptor final de los fondos;
ii.El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los
fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o
nacional en materia de contratación pública;
iii.Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del
perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto
6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv.Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión
en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia, junto con el importe total de
la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos
desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
b) Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del
presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y
duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los
procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la
aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el
marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el
artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de
la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del
Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y
rendimiento».
Y conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos
con los fines expresamente relacionados en los siguientes apartados del artículo 22, del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En__________, a__de_________de 202x
Cargo:________________________
(Firma digital)

52