Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67604
Si la empresa está en constitución se presentará el certificado del Registro Mercantil
de “no coincidencia de nombre”, el proyecto de Estatutos y la relación nominal de
socios promotores. En el caso de Comunidades de Bienes o de Sociedades Civiles,
deberá aportarse el documento de creación de la misma o cualquier otro documento
sustitutivo de éste, relación de las personas que la integran y el porcentaje de participación de cada una de ellas.
c) Memoria descriptiva de las inversiones a realizar.
d) Memoria valorada / Proyecto técnico.
e) C
ronograma de ejecución.
f) Declaración de que el solicitante no está incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el modelo del anexo IV.
Esta declaración, que se encontrará accesible en el Portal Juntaex.es, en el punto de
acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro
del correspondiente trámite, en el apartado de Anexos.
g) En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, esta situación también deberá ser acreditada por todos y cada uno de sus
integrantes. A tal efecto, se presentará adicionalmente por cada comunero el anexo VII, al que se hace referencia en el apartado a) anterior, a través del cual, cada
comunero declarará que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición
contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
h) D
eclaración de ayudas solicitadas para la realización del proyecto, según el modelo
del anexo V. Esta declaración, que se encontrará accesible en el Portal Juntaex.es,
en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.
juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el apartado de Anexos.
i) Facturas proforma o presupuestos de las inversiones para las que se solicita la subvención. Factura en firme o definitiva en el caso de proyectos finalizados en el momento de la solicitud de la ayuda, siempre que la convocatoria lo permita.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que en los supuestos de costes por ejecución de obras, de suministros de bienes de equipo o de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se establezcan
en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, el be-
Viernes 30 de diciembre de 2022
67604
Si la empresa está en constitución se presentará el certificado del Registro Mercantil
de “no coincidencia de nombre”, el proyecto de Estatutos y la relación nominal de
socios promotores. En el caso de Comunidades de Bienes o de Sociedades Civiles,
deberá aportarse el documento de creación de la misma o cualquier otro documento
sustitutivo de éste, relación de las personas que la integran y el porcentaje de participación de cada una de ellas.
c) Memoria descriptiva de las inversiones a realizar.
d) Memoria valorada / Proyecto técnico.
e) C
ronograma de ejecución.
f) Declaración de que el solicitante no está incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el modelo del anexo IV.
Esta declaración, que se encontrará accesible en el Portal Juntaex.es, en el punto de
acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro
del correspondiente trámite, en el apartado de Anexos.
g) En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, esta situación también deberá ser acreditada por todos y cada uno de sus
integrantes. A tal efecto, se presentará adicionalmente por cada comunero el anexo VII, al que se hace referencia en el apartado a) anterior, a través del cual, cada
comunero declarará que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición
contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
h) D
eclaración de ayudas solicitadas para la realización del proyecto, según el modelo
del anexo V. Esta declaración, que se encontrará accesible en el Portal Juntaex.es,
en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.
juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el apartado de Anexos.
i) Facturas proforma o presupuestos de las inversiones para las que se solicita la subvención. Factura en firme o definitiva en el caso de proyectos finalizados en el momento de la solicitud de la ayuda, siempre que la convocatoria lo permita.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que en los supuestos de costes por ejecución de obras, de suministros de bienes de equipo o de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se establezcan
en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, el be-