Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67601
2. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria:
a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: Las
personas físicas y jurídicas del sector comercio, las agrupaciones de personas físicas
o jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, puedan llevar a
cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que
motiva la concesión de la subvención, y que cumplan los siguientes requisitos:
1º Tengan la consideración de PYME, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención
por categorías). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar
la declaración responsable que figura como anexo II de la presente convocatoria.
2º La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades
incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril,
por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009
(CNAE-2009). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar
la declaración responsable sobre la actividad económica del establecimiento que se
incluye dentro del modelo de solicitud (anexo I).
Si el solicitante desarrolla con carácter principal la actividad con código CNAE 473
“Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos
especializados”, únicamente podrá ser beneficiario si la ayuda está directamente
vinculada con las tiendas ubicadas en este tipo de establecimientos destinadas al
comercio al por menor de alimentación y/o toda clase de artículos.
Si en el establecimiento se ejercen de manera simultánea actividades de comercio
con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida en el establecimiento sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación. El solicitante deberá indicar cuál es
la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud.
No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere
necesaria para su verificación.
Viernes 30 de diciembre de 2022
67601
2. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria:
a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: Las
personas físicas y jurídicas del sector comercio, las agrupaciones de personas físicas
o jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, puedan llevar a
cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que
motiva la concesión de la subvención, y que cumplan los siguientes requisitos:
1º Tengan la consideración de PYME, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención
por categorías). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar
la declaración responsable que figura como anexo II de la presente convocatoria.
2º La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades
incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril,
por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009
(CNAE-2009). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar
la declaración responsable sobre la actividad económica del establecimiento que se
incluye dentro del modelo de solicitud (anexo I).
Si el solicitante desarrolla con carácter principal la actividad con código CNAE 473
“Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos
especializados”, únicamente podrá ser beneficiario si la ayuda está directamente
vinculada con las tiendas ubicadas en este tipo de establecimientos destinadas al
comercio al por menor de alimentación y/o toda clase de artículos.
Si en el establecimiento se ejercen de manera simultánea actividades de comercio
con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida en el establecimiento sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación. El solicitante deberá indicar cuál es
la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud.
No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere
necesaria para su verificación.