Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022082190)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 por el que se notifica, mediante publicación, el requerimiento de subsanación de solicitudes de ayuda para los expedientes acogidos al Decreto 89/2022, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y voluntariado ambiental y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 248

67417

Jueves 29 de diciembre de 2022

14.b.

Los proyectos incluidos en el documento no son en los últimos 5 años anteriores a la publicación de la convocatoria o no se especifica el año de realización.

15. C
 ERTIFICADO DE BUENA EJECUCIÓN EXPEDIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN EXPERIENCIA ACREDITADA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS Y/O ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN Y/O VOLUNTARIADO AMBIENTAL, MEDIANTE RELACIÓN DE SERVICIOS O TRABAJOS REALIZADOS EN LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS (Línea 2)
15.a.

El documento aportado no especifica los proyectos de actividades de educación y/o voluntariado ambiental.

15.b.

Los proyectos incluidos en el documento no son en los últimos 2 años o no se especifica el
año de realización.

15.c.

El documento aportado no es correcto, la experiencia no está avalada por la Administración
y/o empresa pública.

15.d.

No ha sido posible recabar el documento en el expediente.

16. C
 ARTAS DE APOYO DE DIFERENTES ORGANISMOS Y/O ENTIDADES, JUSTIFICANDO LA
NECESIDAD DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO PRESENTADO POR LA ENTIDAD INTERESADA Y MANIFESTANDO LA PUESTA A DISPOSICIÓN DEL PROYECTO DE LOS MEDIOS
MATERIALES Y/O HUMANOS, EN SU CASO.
16.a.

El documento aportado no es válido (no recoge la documentación requerida, no se refiere al
proyecto presentado, etc.).

17. ACTIVIDAD QUE SE VAYAN A SUBCONTRATAR:
17.a

La actividad a subcontratar excede el 50 % del importe de la actividad subvencionada.

17.b.

Se debe aportar certificado que acredite que no concurren las causas previstas en el artículo
34 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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