Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2022082201)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de veinticinco plazas por el sistema de concurso (personal laboral fijo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022
67454
3. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratados por la convocante,
quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos y contratación.
1. L
a Dirección General de FEVAL, se pondrá en contacto con los aspirantes que han superado
el proceso para transmitirle las indicaciones oportunas para su incorporación y firma de
contrato como personal laboral fijo.
2. L
os contratos de trabajo suscritos habrán de someterse a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores y su normativa de desarrollo.
3. L
os contratos de trabajo se celebrarán por escrito incluyendo en todos ellos el período de
prueba, conforme establece el Estatuto de los Trabajadores, y que tendrá una duración de
dos meses para cualquiera de los Grupos Profesionales objeto de convocatoria. Durante
dicho período de prueba la Dirección, la Coordinación o el responsable del área evaluará el
correcto desempeño del puesto de trabajo.
4. N
o estarán sujetos al período de prueba aquellos trabajadores que hayan prestado servicios con anterioridad en el centro en la misma categoría profesional, área de actividad, y en
su caso especialidad, bajo cualquier modalidad de contratación, durante un período igual
o superior al establecido como período de prueba según el grupo del puesto de trabajo a
desempeñar.
5. L
as situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad,
durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo.
6. T
ranscurrido este periodo de prueba si no hubiera informe desfavorable, quedará automáticamente formalizada la admisión y adquirirá la condición de personal laboral fijo, siendo
computado a la persona trabajadora este periodo a todos los efectos.
Undécima. Protección de datos.
FEVAL, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informa que, los datos
personales que nos faciliten las personas candidatas por medio del envío de su candidatura,
así como los que en su caso se puedan generar como consecuencia de su participación en
Jueves 29 de diciembre de 2022
67454
3. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratados por la convocante,
quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos y contratación.
1. L
a Dirección General de FEVAL, se pondrá en contacto con los aspirantes que han superado
el proceso para transmitirle las indicaciones oportunas para su incorporación y firma de
contrato como personal laboral fijo.
2. L
os contratos de trabajo suscritos habrán de someterse a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores y su normativa de desarrollo.
3. L
os contratos de trabajo se celebrarán por escrito incluyendo en todos ellos el período de
prueba, conforme establece el Estatuto de los Trabajadores, y que tendrá una duración de
dos meses para cualquiera de los Grupos Profesionales objeto de convocatoria. Durante
dicho período de prueba la Dirección, la Coordinación o el responsable del área evaluará el
correcto desempeño del puesto de trabajo.
4. N
o estarán sujetos al período de prueba aquellos trabajadores que hayan prestado servicios con anterioridad en el centro en la misma categoría profesional, área de actividad, y en
su caso especialidad, bajo cualquier modalidad de contratación, durante un período igual
o superior al establecido como período de prueba según el grupo del puesto de trabajo a
desempeñar.
5. L
as situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad,
durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo.
6. T
ranscurrido este periodo de prueba si no hubiera informe desfavorable, quedará automáticamente formalizada la admisión y adquirirá la condición de personal laboral fijo, siendo
computado a la persona trabajadora este periodo a todos los efectos.
Undécima. Protección de datos.
FEVAL, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informa que, los datos
personales que nos faciliten las personas candidatas por medio del envío de su candidatura,
así como los que en su caso se puedan generar como consecuencia de su participación en