Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064112)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Otro Personal, en las categorías de Celador/a, Lavandero/a, Pinche y Planchador/a en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022
66809
f) A los efectos de este apartado, se considera que está relacionado directamente con el
contenido de la plaza a proveer la formación obtenida en alguna de las siguientes áreas:
igualdad entre hombres y mujeres, prevención de violencia de género, funcionamiento
electrónico del sector público, informática a nivel de usuario, programas informáticos
aplicados a la gestión sanitaria, prevención de riesgos laborales, gestión clínica, resolución de conflicto, mediación y habilidades sociales.
g) A los efectos de este apartado se computarán los másteres universitarios siempre que no
sean títulos reglados, ni académicos, ni que habiliten para una profesión determinada.
h) L
a formación se acreditará mediante diplomas o certificados digitalizados o copias mediante código seguro de verificación de conformidad con lo previsto de la Ley 6/2020 de
11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
II. ACTIVIDADES DOCENTES. La puntuación máxima será de 5 puntos.
Por la participación como docente en acciones formativas relacionadas con la categoría a
la que se opta organizadas o impartidas por las Administraciones Públicas, o en acciones
formativas que estén acogidas a los distintos acuerdos de formación continua en las administraciones públicas y de formación ocupacional, u organizaciones sindicales dentro de
los Planes de Formación con las Administraciones Públicas, y siempre que se acrediten las
horas de docencia: 0,50 puntos por cada hora impartida, pudiéndose sumar las fracciones
de hora hasta completar una hora.
Para la acreditación y posterior valoración de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Solo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativa a
una misma materia o programa.
b) Deberá acreditarse con la certificación que exprese que ha participado como docente en
una determinada actividad y se acrediten las horas impartidas de docencia.
III. T
ITULACIÓN ACADÉMICA: Se valorará con 5 puntos la titulación académica de nivel superior distinta a la certificación requerida para el acceso a la categoría a la que se desea
acceder.
En este apartado se valorará cualquier titulación académica oficial reconocida por el Ministerio de Educación.
Miércoles 28 de diciembre de 2022
66809
f) A los efectos de este apartado, se considera que está relacionado directamente con el
contenido de la plaza a proveer la formación obtenida en alguna de las siguientes áreas:
igualdad entre hombres y mujeres, prevención de violencia de género, funcionamiento
electrónico del sector público, informática a nivel de usuario, programas informáticos
aplicados a la gestión sanitaria, prevención de riesgos laborales, gestión clínica, resolución de conflicto, mediación y habilidades sociales.
g) A los efectos de este apartado se computarán los másteres universitarios siempre que no
sean títulos reglados, ni académicos, ni que habiliten para una profesión determinada.
h) L
a formación se acreditará mediante diplomas o certificados digitalizados o copias mediante código seguro de verificación de conformidad con lo previsto de la Ley 6/2020 de
11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
II. ACTIVIDADES DOCENTES. La puntuación máxima será de 5 puntos.
Por la participación como docente en acciones formativas relacionadas con la categoría a
la que se opta organizadas o impartidas por las Administraciones Públicas, o en acciones
formativas que estén acogidas a los distintos acuerdos de formación continua en las administraciones públicas y de formación ocupacional, u organizaciones sindicales dentro de
los Planes de Formación con las Administraciones Públicas, y siempre que se acrediten las
horas de docencia: 0,50 puntos por cada hora impartida, pudiéndose sumar las fracciones
de hora hasta completar una hora.
Para la acreditación y posterior valoración de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Solo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativa a
una misma materia o programa.
b) Deberá acreditarse con la certificación que exprese que ha participado como docente en
una determinada actividad y se acrediten las horas impartidas de docencia.
III. T
ITULACIÓN ACADÉMICA: Se valorará con 5 puntos la titulación académica de nivel superior distinta a la certificación requerida para el acceso a la categoría a la que se desea
acceder.
En este apartado se valorará cualquier titulación académica oficial reconocida por el Ministerio de Educación.