Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064105)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de Licenciados universitarios, en las categorías de Grupo Técnico de Función Administrativa y Técnico/a Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Dicho autobaremo de méritos deberá presentarse a través del portal de Selección de
Personal del Servicio Extremeño de Salud siguiendo las instrucciones que dispongan la
aplicación establecida al efecto o en su defecto mediante el sistema que se indique en
la resolución de admitidos y excluidos definitiva. El documento o formulario generado,
firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos los efectos como justificante de la presentación del autobaremo de méritos en tiempo.
La autobaremación vinculará a los aspirantes. Asimismo, vinculará al Tribunal de Selección en el sentido de que éste sólo podrá valorar los méritos autobaremados y acreditados, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la autobaremada por el aspirante.
Al objeto de contribuir a la agilización del proceso selectivo, la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos generales del Servicio Extremeño de Salud hará público la
puntuación total del autobaremo de los aspirantes admitidos y requerirá, en el plazo de
diez días hábiles, la documentación acreditativa de los méritos alegados a un mínimo de
tres aspirantes por plaza convocada, siguiendo el orden de puntuación resultante de la
suma total del autobaremo.
No obstante, el Servicio Extremeño de Salud podrá realizar sucesivos requerimientos de
documentación acreditativa de los méritos autobaremados en caso de que resulte necesario para cubrir el número de plazas convocadas.
No deberá en ningún caso presentarse la documentación acreditativa de los méritos en
papel, siendo exclusivamente válidas las gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través del portal de selección.
Los aspirantes declaran responsablemente la veracidad y exactitud de los documentos
presentados, sin perjuicio de la facultad de la Administración o del Tribunal de Selección
de revisión y comprobación para su constatación.
No será necesaria la acreditación de los servicios prestados en Centros o Instituciones
Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ni la acreditación de la superación de los procesos selectivos convocados por el mismo, aportándose de oficio por la Administración.
El Tribunal podrá solicitar a los interesados cualquier tipo de aclaración o subsanación
sobre la documentación presentada, dándole un plazo de diez días hábiles a través del
Portal de selección. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo, el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos
que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.