Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064097)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de Licenciados sanitarios, en las categorías de Farmacéutico/a de Equipo de Atención Primaria, Médico/a de Admisión y Documentación Clínica, Odontoestomátologo/a de Área de Atención Primaria, Técnico/a de Salud y Veterinario/a de Equipo de Atención Primaria en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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NÚMERO 247

66554

Miércoles 28 de diciembre de 2022

ANEXO I
OFERTA ADICIONAL DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE
EMPLEO TEMPORAL DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD DERIVADA DE
LAS DISPOSICIONES ADICIONALES 6ª Y 8ª DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE
DICIEMBRE.
Categorías, plazas convocadas y titulación exigida.
TIPO DE PERSONAL:
LICENCIADOS SANITARIOS

PLAZAS
(D.A 6 Y 8)

TITULACIÓN

Farmacéutico/a de EAP

20

Grado o Licenciado/a en Farmacia o título
oficial que habilite para el ejercicio de esta
profesión

Médico/a de Admisión y Documentación
Clínica

4

Grado o Licenciado en Medicina y Cirugía

Odontoestomatólogo/a Área AP

13

Grado o Licenciado en Odontología o Médico Especialista en Estomatología

Técnico/a de Salud

3

Título de

Veterinario/a de EAP

10

Grado o Licenciado/a en Veterinaria o título oficial que habilite para el ejercicio de
esta profesión

(1)

(1)

Técnico/a de Salud:

TITULACIÓN:
Estar en posesión del título de médico especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública o
estar en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado completamente la formación
exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
O bien estar en posesión del título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria,
o estar en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado completamente la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes, o estar en
posesión del certificado al que hace referencia el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
En el supuesto de carecer del título o de la certificación señalada anteriormente, poseer alguno de los títulos de formación de los países mencionados en el punto 5.1.4 del anexo V de la
Directiva 2005/36 CE, previo reconocimiento por el Departamento Ministerial competente, de
acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1837/2008, de incorporación al ordenamiento
jurídico español de dicha directiva.