Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064096)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de Licenciados Especialistas en Ciencias de la Salud, en las categorías de Facultativo Especialista de Área, Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Urgencias de Atención Primaria, Pediatra de Equipo de Atención Primaria y Psicólogo/a Clínico en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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1.3. A
 los aspirantes que superen el proceso selectivo les será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y la normativa declarada
vigente por este Estatuto, así como las que se dicten para su desarrollo.
1.4. L
 as bases y anexos de la presente convocatoria, así como toda la información relacionada
con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso selectivo estarán disponibles
en internet a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
(https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/).
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
2.1. P
 ara ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los
españoles.
Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de
los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas extranjeras que no cumplan los requisitos establecidos en los párrafos
anteriores podrán acceder en igualdad de condiciones, a la condición de personal estatutario fijo en las categorías convocadas en aquellas categorías/especialidades que
requieren estar en posesión de una especialidad médica, mediante la acreditación de su
residencia legal en España en los términos que establezca el régimen jurídico vigente
en materia de extranjería.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Especialista en Ciencias de la Salud en la categoría y/o
especialidad a la que se opte, o en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado completamente la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de instancias.