Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064096)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de Licenciados Especialistas en Ciencias de la Salud, en las categorías de Facultativo Especialista de Área, Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Urgencias de Atención Primaria, Pediatra de Equipo de Atención Primaria y Psicólogo/a Clínico en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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No deberá en ningún caso presentarse la documentación acreditativa de los méritos en
papel, siendo exclusivamente válidas las gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través del portal de selección.
Los aspirantes declaran responsablemente la veracidad y exactitud de los documentos
presentados, sin perjuicio de la facultad de la Administración o del Tribunal de Selección
de revisión y comprobación para su constatación.
No será necesaria la acreditación de los servicios prestados en Centros o Instituciones
Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ni la acreditación de la superación de los procesos selectivos convocados por el mismo, aportándose de oficio por la Administración.
El Tribunal podrá solicitar a los interesados cualquier tipo de aclaración o subsanación
sobre la documentación presentada, dándole un plazo de diez días hábiles a través del
Portal de selección. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo, el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos
que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.
El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos y/o documentación
presentados en plazo por los concursantes. El tribunal podrá asimismo solicitar, si lo considera, a las personas aspirantes copia traducida por traductor jurado de los documentos
aportados, cuando estén redactados en idioma distintos del castellano.
6.3. La puntuación máxima del proceso selectivo es de 100 puntos.
Séptima. Relación provisional de puntuación de méritos.
7.1. C
 oncluidos los plazos previstos en la base 6.2, el Tribunal deberá proceder a la validación
de las puntuaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes a los que se le ha solicitado
la acreditación de los méritos alegados, desglosado por apartados y subapartados del
baremo de méritos, y haciendo pública en la correspondiente sección del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, la relación provisional de puntuación
de méritos.
En caso de tener que aplicar el criterio tercero de desempate previsto en el baremo del
Anexo III deberá hacerse público el tiempo de servicios prestados en la categoría y/o especialidad a la que se accede, expresada en años, meses y días en la relación provisional
de puntuación de méritos.
7.2. E
 n el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación,
los aspirantes podrán presentar a través de la herramienta web disponible para ello en el