Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2022064198)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el año 2021.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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En todo caso, para proceder a la tramitación del pago mencionado con anterioridad, la empresa deberá acreditar con anterioridad al abono del mismo, hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Haciendas Estatal y Autonómica. La presentación de
la solicitud conlleva la autorización al gestor para recabar los certificados o la documentación
acreditativa de dichas circunstancias, salvo que el solicitante se oponga expresamente o no
otorgue la correspondiente autorización, en cuyo caso deberá aportar los certificados correspondientes.
En atención a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se establece la
exención de prestar garantías por los pagos anticipados que se reciban en el marco de estas
bases reguladoras.
Decimotercero. Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a justificar la totalidad de
los gastos del proyecto, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida.
La justificación final de las ayudas concedidas se realizará ante la Secretaría General de Cultura, con anterioridad al 31 de marzo de 2023. Sin embargo, la Secretaría General de Cultura
podrá solicitar justificaciones parciales de forma trimestral para realizar el seguimiento adecuado de los proyectos.
Se deberá justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención que revestirá la forma de cuenta
justificativa del gasto realizado. Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente
pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
La cuenta justificativa deberá contener:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos, así como las incidencias habidas en su realización. Se aportarán
los elementos necesarios para acreditar la realización de la actividad.
Asimismo, dicha memoria deberá recoger de qué manera los proyectos subvencionados
contribuirán al logro de los objetivos previstos en el artículo 1.
Cualquier modificación producida en el desarrollo del proyecto deberá señalarse en la
memoria de actividades. Si la modificación es de carácter sustancial, según lo establecido en el artículo 16, ésta debió ser solicitada por escrito al menos un mes antes de la
finalización del periodo de ejecución del proyecto y autorizada por el órgano conceden-