Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Salas De Cine. Ayudas. (2022064205)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas públicas para el fomento, la modernización y la digitalización de las salas de cine en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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nes que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas
y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:


a) El emblema de la Unión Europea.



b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión Europea Next Generation EU»;



c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos
en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También se puede consultar
la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y
descargar distintos ejemplos del emblema en:



https://europa.eu/european-union/abouteu/symbols/flag_es#download.

Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
14. Aportar junto al documento de aceptación de la ayuda la siguiente documentación:
a) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B de las Bases Reguladoras).
b) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo anexo IV.C de las Bases Reguladoras).
15. C
 ualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o
en la resolución de concesión.
Decimosegundo. El pago de estas ayudas se realizará a partir de la fecha de la resolución de
concesión, una vez presentada la aceptación de la misma (Anexo V de las Bases Reguladoras)
por parte del beneficiario, sin que sea necesario la constitución de garantías, por el 100% de
la misma.
En todo caso, para proceder a la tramitación del pago mencionado con anterioridad, la empresa deberá acreditar con anterioridad al abono del mismo, hallarse al corriente en las obligacio-