Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Salas De Cine. Ayudas. (2022064205)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas públicas para el fomento, la modernización y la digitalización de las salas de cine en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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de proyectos de inversión para el fomento, la modernización y digitalización de las salas de
cine en Extremadura, para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento
digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a nuevos hábitos
de consumo audiovisual. Todas estas actuaciones deben respetar el llamado principio de no
causar un perjuicio significativo al medioambiente y las condiciones del etiquetado climático
y digital. Las ayudas cubrirán la inversión dedicada a la transición verde y transformación de
los espacios, que impulsen un crecimiento inteligente y sostenible de su gestión.
En definitiva, las ayudas tendrán las siguientes finalidades:
a) Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a las salas de exhibición.
b) Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo.
c) Fidelización y captación de públicos.
d) Innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas
oficiales de España.
Sexto. El régimen jurídico de estas ayudas será el establecido en el artículo 2 del Decreto
80/2022, de 22 de junio de 2022, por el que se establecen las bases reguladoras y se aprueba
la convocatoria única de estas ayudas.
Séptimo. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán desarrollarse entre el 1 de marzo
de 2020 y el 30 de septiembre de 2023, teniendo en cuenta que los gastos subvencionables
serán exclusivamente los comprendidos entre estas fechas.
Octavo. La cantidad concedida por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes en materia
de cultura deberá dedicarse en su totalidad a gastos de inversión en capital o de programas
de fidelización que cumplan los requisitos de las bases reguladoras y los demás que vengan
impuestos por razón del origen de los fondos que la financian.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, siempre que se
realicen entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2023, de conformidad con lo
previsto en el artículo 8 del Decreto 80/2022, de 22 de junio de 2022, y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación; en concreto están
incluidas las siguientes inversiones, vinculadas a tres ejes de acción principales:
1. D
 igitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición. Al menos un 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este eje vinculado