Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050254)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes a tiempo parcial de personal laboral del Grupo II, Categoría/Especialidad Educador/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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tados a los/as mismos/as, atendiendo al orden de puntuación total obtenida en el proceso
selectivo, siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.
2. E
 l resultado del proceso de elección de puestos con expresión de los destinos que le son
adjudicados a cada aspirante se hará público en el Diario Oficial de Extremadura.
3. C
 on objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna
de ellas desierta, si alguno de los/as aspirantes que hayan superado el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al
mismo/a, la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de
resolución independiente, adjudicará el/los puesto/s correspondiente/s al/ los/as aspirantes que corresponda seguidamente por el orden de puntuación total alcanzada conforme a
la base octava.
Undécima. Formalización del contrato.
Finalizado el proceso de elección de puestos, por la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, se formalizarán los correspondientes
contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro
General de Personal.
Duodécima. Listas de Espera.
Finalizado el proceso selectivo se constituirá una lista de espera específica.
El orden de prelación de los aspirantes de esta lista de espera específica se establece aplicando los siguientes criterios:
a) Mayor puntuación total obtenida
b) En caso de empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del
primer apellido a partir de la letra “P” conforme a la base octava, punto 4, apartado 3º
de la convocatoria.
Las listas de espera derivadas de la ejecución de Ofertas de Empleo Público ordinarias, las
listas de espera específicas derivadas de proceso de estabilización del artículo 2.1 de la Ley
20/2021 y las listas de espera específica en el Cuerpo/Especialidad constituidas al amparo del
artículo 30 del Decreto 201/1995, tendrán prioridad respecto a las listas de espera derivadas
de esta convocatoria.