Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050251)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo II, Categoría/ Especialidad Bombero/a Forestal Coordinador/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Tercera. Solicitudes y derechos de inscripción.
Los interesados en participar en el presente proceso selectivo cumplimentarán su soli­citud y
el pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo II, a través del
apartado correspondiente del portal de la Junta de Extremadura y usarán la herramienta que
se habilite a tal efecto en dicha plataforma tecnológica.
Con el fin de validar y securizar el acceso de los candidatos a la citada herramienta, se requerirá el uso de DNI electrónico o Cer­tificado digital FNMT de Persona Física.
No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusi­
vamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la herra­mienta
web indicada anteriormente.
Únicamente deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través del portal de la Junta
de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan, la documentación acreditativa de estar exento del pago de la tasa o tener derecho a la bonificación del
50%.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de lo
posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación
de las solicitudes.
2. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día
1 de febrero de 2023.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la solicitud
serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabi­lidad
exclusiva del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la LPAC, en el supuesto de que el funcionamiento
ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una inciden­
cia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una
ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3. A
 los efectos de la constitución de Listas de Espera previstas en el Reglamento General de
Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los/as aspirantes marcarán en la solicitud la zona o zonas en la que desean figurar
para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en su caso,