Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050248)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
6. A
 los efectos de la constitución de Listas de Espera previstas en el Reglamento General de
Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los/as aspirantes marcarán en la solicitud la zona o zonas en la que desean figurar
para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en su caso,
sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito
territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se
entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá
atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción
del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la
casilla correspondiente de “Renuncia” que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
7. L
 a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 15,43 euros por solicitud. En caso
de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo acto
de presentación electrónica de la solicitud de participación.
8. S
 e aplicará una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas
selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria del proceso selectivo. Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema
de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social dentro del plazo de presentación de solicitudes.
No se admitirán como justificante de dicha situación los informes emitidos por los Servicios
Públicos de Empleo
9. E
 stán exentos del pago de esta tasa: