Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050256)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo III de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
26 páginas totales
Página
NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

65543

Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la solicitud
serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabi­lidad
exclusiva del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la LPAC, en el supuesto de que el funcionamiento
ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una inciden­
cia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una
ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3. A
 los efectos de la constitución de Listas de Espera previstas en el Reglamento General de
Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los/as aspirantes marcarán en la solicitud la zona o zonas en la que desean figurar
para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en su caso,
sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito
territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se
entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá
atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción
del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la
casilla correspondiente de “Renuncia” que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
4. L
 os/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Categorías/Especialidades se convoquen
siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas. En cualquier
caso, se presentará una instancia por cada Categoría/ Especialidad a la que se aspire.
5. L
 a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 23,12 euros por solicitud. En caso
de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo acto
de presentación electrónica de la solicitud de participación.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento,
determinará la exclusión del/la aspirante.