Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050249)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo I de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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4. L
 os Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría, o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad al
menos, de sus miembros.
5. L
 os miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuando en ellos concurra
cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación
de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
6. A
 efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su
sede en la Dirección General de Función Pública, Avda. Valhondo, s/n (III Milenio), Mérida.
7. C
 orresponderá a los Tribunales resolver todas las cuestiones que pudieran surgir en la
aplicación de las presentes Bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas.
8. A
 los Tribunales les será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar, Capítulo
II, Sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
para los Órganos Colegiados.
9. L
 os Tribunales que actúen en estos procesos selectivos tendrán la categoría primera de las
recogidas en el anexo III del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
10. L
 a documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los
Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación
durante todo el proceso selectivo.
Séptima. Sistema Selectivo.
1. P
 roceso selectivo.
El procedimiento de selección para la cobertura de las plazas convocadas será el excepcional de concurso de méritos que se desarrollará en una única fase de valoración de méritos
consistente en la valoración de los méritos alegados y acreditados en tiempo y forma por
los/as aspirantes de conformidad con el baremo que figura en el anexo IV de la presente