Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050272)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convocan, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Será necesario estar en posesión de la nacionalidad española para acceder a la Especialidad de Agente de Medio Natural de conformidad con lo establecido en el artículo
3.2 del Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo
Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos
nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho a la libre circulación de
trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la clase B.
d) Estar en posesión de la titulación de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio
Natural, Ingeniero/a Técnico Forestal, Licenciado/a en Biología o Grados correspondientes, o bien cualquier titulación de igual o superior nivel que tenga relación directa con
el medio ambiente y los recursos naturales, o cumplir las condiciones para obtenerla.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en
condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación o convalidación en
su caso. Este requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido
el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
e) C
 umplir los requisitos específicos que en su caso puedan exigir las Relaciones de Puestos de Trabajo de las distintas Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Cuerpo al
que se aspira acceder.
g) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria
mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.