Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050272)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convocan, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en
la convocatoria:
a) Copia auténtica del D.N.I. o autorización para su consulta a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
b) Copia auténtica de la titulación académica o del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así como de cualquier otro título o
permiso exigido en la convocatoria.
c) Copia auténtica del permiso de conducción de vehículos de la clase B.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as aspirantes
que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como anexo IV a
esta orden.
2. L
 os/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad a la que opta.
A tales efectos el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura contactará con los/as interesados de forma individual, a través del número de
teléfono facilitado en su solicitud de participación, para su citación. En el caso de que el
informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
propias de la Especialidad, el/la aspirante no podrá ser nombrado/a funcionario/a, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él/ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. A
 nte la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Q
 uienes tuvieran la condición de personal funcionario/a de carrera o de personal laboral
fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de aportar la documentación a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente Base,
debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de
la que dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstan-