Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050268)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convocan, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de los/as aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo hayan solicitado por
motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano convocante así lo decida, conforme a
lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas
con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
2. P
 or Orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y
Administración Pública publicada en el Diario Oficial de Extremadura, se nombrarán funcionarios/as en prácticas a los/as aspirantes que hayan superado las pruebas, con expresión
de las plazas que le son adjudicadas a efectos de su desempeño una vez sean nombrados/
as funcionarios/as de carrera. En la misma Orden se determinará la fecha en la que comenzarán a surtir efectos los nombramientos como funcionarios/as en prácticas, que no podrá
exceder de 15 días hábiles a partir de la fecha de su publicación.
3. C
 on objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de
ellas desierta, si alguno de los/as aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al mismo/a,
la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución
independiente, nombrará como funcionarios/as de carrera y adjudicará las plazas correspondientes a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados/as en las listas
definitivas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden de actuación de los/as aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
4. E
 l periodo de prácticas tendrá una duración de un mes y dará comienzo en la fecha que se
determina en la Orden a que se refiere el apartado segundo de la presente base.
La calificación del periodo de prácticas será de “APTO/A” o “NO APTO/A” y se otorgará por la Dirección General de la Función Pública, previo informe de la Secretaría General correspondiente.
Los/as aspirantes funcionarios/as en prácticas que no superen el periodo de prácticas por
haber obtenido la calificación de “NO APTO/A” perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as de carrera.
No obstante, quienes no pudieran realizar el periodo de prácticas por causas de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad.
Durante el tiempo que los/as aspirantes permanezcan nombrados/as como funcionarios/as en
prácticas tendrán derecho a ser retribuidos de acuerdo con el Real Decreto 456/1986, de 10
de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.