Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040233)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de crédito entre las aplicaciones presupuestarias recogidas en la convocatoria para la línea 4 de subvenciones, para la construcción y mejora de puntos limpios en los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las ayudas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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solicitantes, 162.000,00 euros a las mancomunidades de municipios, y 1.476.181,44 euros a
los consorcios supra municipales.
En este sentido, el apartado primero del extracto de la convocatoria establece que tendrán
la condición de beneficiarios los municipios, entidades locales menores, mancomunidades de
municipios, las diputaciones provinciales, así como los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad
jurídica propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al
acuerdo de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, a los que
se hace referencia en el artículo 6 del Decreto 152/2021, de 29 de diciembre.
Sin embargo, se advierte la omisión en la convocatoria de la aplicación presupuestaria correspondiente para financiar la ayuda solicitada por los mismos, por lo que se hace necesario
modificar el expediente de gasto de la línea 4 de ayudas, mediante la creación de la aplicación
presupuestaria 18003 354A 769.00 del proyecto 20210438 y fondo MR05C12I03, y la distribución del crédito entre las aplicaciones y proyectos presupuestarios, en la cuantía necesaria
para la concesión de las ayudas, en virtud de la propuesta de la comisión de valoración de 7
de julio de 2022.
Asimismo, el punto 5 del artículo 19 del Decreto recoge que el crédito máximo establecido
para cada línea de subvención podrá ser redistribuido a otra línea si en alguna de ellas, las solicitudes beneficiarias no resultan suficientes para agotar los fondos disponibles. Así, el crédito
necesario para la concesión de las ayudas de la línea 4 se obtendrá del proyecto 20210411,
teniendo en cuenta el crédito sobrante de 2.072.416 euros una vez atendidas todas las solicitudes que cumplen los requisitos para la concesión en la línea 1.
A este respecto, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y
aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación
en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades prevista en el punto 3 de la disposición
adicional única.
Primera convocatoria del Decreto y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la
distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la línea 4, que deben quedar
distribuidos del siguiente modo: