Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2022040224)
Decreto 156/2022, de 21 de diciembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural la "Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol" de la localidad de Capilla (Badajoz), con la categoría de Monumento.
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NÚMERO 246

64967

Martes 27 de diciembre de 2022

ANEXO IV
CRITERIOS PARA LA PROTECCIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO DE
PROTECCIÓN
1. Régimen del Monumento y su entorno de protección.
Con carácter general, las actuaciones a realizar en el bien declarado están sujetas a lo
dispuesto en el título II, capítulo II de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en el que se regula la Protección, conservación y mejora
de los bienes inmuebles, sección 2ª, Régimen de Monumentos. Las actuaciones quedarán
sujetas a lo dispuesto en el régimen tutelar establecido en el título III de la Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura para la salvaguarda del
patrimonio arqueológico.
2. Intervención en bienes muebles.
En lo que respecta a los bienes muebles vinculados al Monumento, y en consideración al
artículo 8 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se atenderá a lo dispuesto en el capítulo III, título II, relativo al régimen de
protección, conservación y mejora de los bienes muebles y las colecciones de la citada ley.
3. Usos permitidos en el Monumento y su entorno de protección.
Los usos permitidos en el Monumento vendrán determinados y tendrán que ser compatibles con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien y contribuirán a la consecución de dichos fines, sin degradar la imagen del Monumento o poner
en peligro la conservación del bien, o lo que es lo mismo, no deberán alterar sus valores
patrimoniales.
La autorización particularizada de uso se regirá por el artículo 37 de la Ley de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, Ley 2/1999, de 29 de marzo, modificada por la Ley
3/2011, de 17 de febrero.

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