Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022063505)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para los ejercicios 2022-2023.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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6. L
 as subvenciones reconocidas se entenderán automáticamente aceptadas por la persona o
entidad beneficiaria, sin perjuicio de que pueda renunciar expresamente a aquéllas antes
de su abono.
Sexto. Solicitud de subvención, y plazo y forma de presentación.
1. L
 as solicitudes de la subvención se dirigirán a la Dirección General de Vivienda y se ajustarán al modelo normalizado que figura en el anexo I de la presente resolución, que estará
disponible en el Portal Juntaex.es (actualmente se aloja en http://www.juntaex.es).
El modelo normalizado de solicitud incorporará la declaración responsable que acredite el
cumplimiento del requisito previstos en la letra c) del apartado 1 del resuelvo cuarto.
2. E
 l plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día en que, de conformidad con el
resuelvo decimotercero, surta efectos la presente resolución y finalizará el 31 de julio de
2023, no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo, sin perjuicio de
lo establecido en el apartado 2 del resuelvo decimosegundo.
3. La presentación de la solicitud se acomodará a las siguientes reglas:
a) Las personas físicas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dirigirán su solicitud a la Dirección General de Vivienda, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en Portal Juntaex.es (actualmente
alojado en http://www.juntaex.es), y presentarán dicho modelo normalizado, junto con
el resto de documentos que deben acompañarlo:


a.1) A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de
Extremadura https: //sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf,



a.2) A través de cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.



a.3) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema
de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura



a.4) En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.