Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Programas De Colaboración Económica Municipal. (2022064151)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 15 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal del servicio de teleatención domiciliaria a personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura de menos de 1.000 habitantes, incluido en el componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 23 r) y 90.3 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, este
Consejo de Gobierno adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Objeto y finalidad.
1. El objeto del presente acuerdo es aprobar el Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio de Teleatención Domiciliaria a personas mayores residentes en entidades
locales de Extremadura de menos de 1.000 habitantes, que establece las condiciones
de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura y la distribución del crédito del mismo, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Política Local
de fecha 29 de noviembre de 2022.
2. Se entiende por programas de Teleatención Domiciliaria (TAD), programas de promoción
de la autonomía personal a través de videoatención, videollamada y videoformación, que
desarrollen las siguientes actuaciones, en el domicilio y a través de las nuevas tecnologías:
a) Programas de actividad física periódica que podrá ser grupal o individualizada realizado
por fisioterapeuta o monitor ocupacional.
b) Programas de entrenamiento cognitivo periódico que podrá ser grupal o individualizada
realizado por un terapeuta ocupacional.
Se permitirá adicionalmente la participación de otros profesionales, que estimen conveniente las entidades destinatarias, encargados de llevar a cabo actuaciones auxiliares y
complementarias de las realizadas por los profesionales indicados anteriormente y que se
consideren necesarias.
3. La finalidad de este programa es financiar las actuaciones de las entidades locales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, con el objeto de mantener o en su caso, incrementar la autonomía de la persona mayor en su domicilio dentro de un entorno rural en el que
viven solas o pasan gran parte del día sin compañía y puedan encontrarse en aislamiento
geográfico o desarraigo social, favoreciendo la permanencia e integración de las personas
en su medio habitual y retrasando la institucionalización.
4. La financiación de este programa se efectuará en las anualidades 2022 y 2023 y se realizará a través de transferencias desde la Comunidad Autónoma de Extremadura a las
entidades locales destinatarias del mismo.