Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022064059)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro de gestión de residuos, promovida por Recuperaciones Correa Ramos, CB, en el término municipal de Cáceres.
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Viernes 23 de diciembre de 2022

17. L
 os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:

RESIDUO
Agua aceitosa procedente
de separadores de agua/
sustancias aceitosas

ORIGEN

Aguas aceitosas procedentes del
separador de hidrocarburos

CÓDIGO LER(*)

13 05 07*

CANTIDAD MÁX.
PREVISTA (kg/año)

100

18. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
19. E
 l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
20. E
 l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
21. L
 os residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
22. N
 o se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
23. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
24. E
 l titular de la instalación deberá mantener constituida una fianza por valor de 20.000 €
(veinte mil euros), según lo establecido en el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo,
sobre las garantías financieras en materia de residuos, de desarrollo de la Ley 22/2011,
de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados.