Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064033)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión aguas superficiales del río Guadiana para riego de una superficie de 39,16 hectáreas de pistachos", cuya promotora es Bain Extremadura, SLU, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA19/1560.
24 páginas totales
Página
NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022



64536

• Existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas
hídricas: La Oficina de Planificación Hidrológica (OPH) de ese Organismo de cuenca
informó con fecha 17/10/2019 informó que:



–L
 a captación del recurso se sitúa en la tubería T-1 del Sector F-2ª de la Zona Regable por el Canal de Lobón, dentro del Sistema de Explotación Central, definido
en el artículo2 y el Apéndice 2 de las Disposiciones Normativas del Plan.



–D
 e acuerdo con el artículo 16 de las Disposiciones Normativas del Plan, se comprueba que el aprovechamiento no se encuentra incluido dentro de las Zonas Protegidas que recoge el anejo 8 de la Memoria del Plan Hidrológico.



–E
 l volumen de agua anual a derivar no superará la dotación a nivel de obra principal de toma de 6.600 m2/ha/año de media, para los riegos con tomas directas, de
acuerdo con el artículo 12.2 de las Disposiciones Normativas del Plan.



–D
 e acuerdo con el artículo 8 de las Disposiciones Normativas del Plan, que define
el orden de preferencia entre los diferentes usos del agua para cada uno de los diferentes Sistemas de Explotación, se comprueba que es posible garantizar los usos
preferentes. Dentro de un mismo tipo de uso o de una misma clase, en caso de
incompatibilidad, se entenderá que tienen una mayor utilidad pública, y por tanto
tendrán prioridad los aprovechamientos atendiendo a los criterios establecidos en
el artículo 8.2 de las Disposiciones Normativas del Plan.



–D
 e acuerdo con el artículo 25.1 de las Disposiciones Normativas del Plan, como
norma general y para todo el ámbito territorial de este Plan Hidrológico, y con
el fin de asegurar el cumplimiento de los caudales ecológicos y que se alcance
el buen estado de las masas de agua, sólo se otorgarán nuevas concesiones de
agua, tanto superficial como subterráneas, que se correspondan con las asignaciones para aprovechamientos actuales y futuros definidos en el artículo 11 de las
Disposiciones Normativas del Plan. En este sentido, la concesión del recurso del Aº
de Santa Ana (Guadiana V), se realizará de acuerdo con la asignación establecida
en el apéndice 5 de las Disposiciones Normativas del Plan para el horizonte 2021,
y con cargo a la reserva de recursos, según lo indicado en el artículo 11.4 de las
Disposiciones Normativas del Plan.



–E
 xiste recurso anual suficiente. No obstante, como la toma del recurso sería desde
las infraestructuras de la Zona Regable Oficial de Lobón para el riego de una finca
situada fuera de la citada Zona Regable, debería confirmarse por el Servicio de
Explotación de la Dirección Técnica del Organismo y las Comunidades de Regantes