Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064033)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión aguas superficiales del río Guadiana para riego de una superficie de 39,16 hectáreas de pistachos", cuya promotora es Bain Extremadura, SLU, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA19/1560.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022



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4. E
 n cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.



5. S
 i como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación
del cultivo y la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos de materiales terrosos o piedras, se deberán extender de manera uniforme por el terreno de la
explotación, sin formar montones o acúmulos que modifiquen la fisiografía natural
del terreno.



6. N
 o se podrá realizar ningún movimiento de tierra que modifique la orografía natural
del terreno. Está prohibida la realización de cualquier tipo de desbroce, decapado,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.



7. Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos
cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de agua.



8. U
 no de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las
autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.



9. N
 o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,
etc. Si se decidiera realizar alguna de estas actuaciones, se deberá comunicar de
manera previa al órgano ambiental para evaluar su idoneidad.



10. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón,
tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente.
La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.