Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064090)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de un puesto de trabajo de Técnico de Sonido en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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4.1.2. A
 ctuarán como vocales:


— Dos profesores de la Universidad de Extremadura, con conocimientos en las materias
correspondientes, propuestos por ésta y designados por el Director General.



— Dos miembros de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales o de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, designados por el Director
General.

4.1.3. A
 ctuará como Secretario, con voz y voto, un funcionario de carrera de la Asamblea
de Extremadura, designado por ésta. El Secretario levantará el acta de todas las
sesiones, con el visto bueno del Presidente.
4.2. P
 odrán designarse suplentes respecto a los miembros titulares. Podrá, a iniciativa de los
representantes de los trabajadores, estar presente en el Tribunal de Selección un miembro de los mismos durante la totalidad del proceso selectivo en calidad de observador,
con voz pero sin voto.
4.3. P
 ara la válida constitución del Tribunal de Selección se requerirá, al menos, la mitad de
sus miembros, incluidos Presidente y Secretario, o de quienes en su caso los sustituyan.
En caso de igualdad en las votaciones, el voto del Presidente será de calidad.
4.4. E
 l Tribunal de Selección, por acuerdo de sus miembros, podrá acordar la incorporación
al mismo, en calidad de asesores con voz pero sin voto, de técnicos y consultores con
conocimientos específicos de la materia de que se trate, como apoyo durante el proceso
de selección.
4.5. E
 l Tribunal de Selección será soberano y decisorio, y al efecto ostentará las facultades de
decisión, interpretación y resolución que correspondan durante todo el proceso selectivo.
Asimismo, está facultada para la resolución de cuantas cuestiones no estén previstas en
las Bases de la Convocatoria.
4.6. L
 a Convocatoria podrá declararse desierta total o parcialmente.
4.7. A
 bstenciones y Recusaciones:
Los miembros del Tribunal de Selección deberán abstenerse de intervenir en el proceso,
comunicándolo a la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, cuando en ellos se den cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público.