Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064090)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de un puesto de trabajo de Técnico de Sonido en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022
64789
VIII. P
RUEBAS MÉDICAS Y PSICOLÓGICAS.
8.1. C
on carácter previo a su contratación, el trabajador vendrá obligado a someterse a las
pruebas médicas y psicológicas que se determinen, debiendo superarlas satisfactoriamente para poder ocupar el puesto de trabajo.
IX. P
RESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES.
9.1. L
os aspirantes que resulten seleccionados deberán presentar la documentación original
que les sea exigida en un plazo no superior a diez (10) días naturales, contados a partir
de la notificación. Se entenderá que renuncia al puesto de trabajo obtenido, quedando
anuladas todas las actuaciones, quien en el plazo citado (salvo casos de fuerza mayor
debidamente justificados) no presente la documentación debida.
La falsedad en el contenido de los documentos presentados implicará también la nulidad
de lo actuado, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
9.2. E
l domicilio y la dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el
único válido a efectos de notificaciones, siendo de responsabilidad exclusiva del aspirante
tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio
posterior del mismo.
X. I NCORPORACIÓN: PLAZOS Y EFECTOS.
10.1. La incorporación de los aspirantes que superen las pruebas selectivas a sus respectivos
puestos de trabajo se realizará de forma progresiva, atendiendo a la necesidad de la
empresa convocante y hasta la cobertura de la totalidad de los puestos objeto de la
presente convocatoria.
10.2. Elección de puestos entre los aspirantes que superen los procesos. La finalización de
los procesos de estabilización irá seguida del ofrecimiento de los puestos cubiertos de
forma temporal o interina, o de las resultas generadas por la cobertura de estos en un
concurso de traslados previo, entre los cuales elegirán los aspirantes seleccionados en
función de la puntuación obtenida en el proceso. En primer lugar, el ofrecimiento se
hará a los aspirantes aprobados en el presente proceso de Concurso-Oposición derivado
del artículo 2 de la Ley 20/2020, y a continuación elegirán los aspirantes seleccionados
en el proceso de Concurso derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava (si
la hubiere).
10.3. La incorporación al puesto de trabajo será comunicada a cada interesado. Los candidatos que obtengan un puesto de trabajo deberán efectuar su incorporación al mismo
en el plazo máximo de quince (15) días naturales a contar desde la fecha de recepción
Viernes 23 de diciembre de 2022
64789
VIII. P
RUEBAS MÉDICAS Y PSICOLÓGICAS.
8.1. C
on carácter previo a su contratación, el trabajador vendrá obligado a someterse a las
pruebas médicas y psicológicas que se determinen, debiendo superarlas satisfactoriamente para poder ocupar el puesto de trabajo.
IX. P
RESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES.
9.1. L
os aspirantes que resulten seleccionados deberán presentar la documentación original
que les sea exigida en un plazo no superior a diez (10) días naturales, contados a partir
de la notificación. Se entenderá que renuncia al puesto de trabajo obtenido, quedando
anuladas todas las actuaciones, quien en el plazo citado (salvo casos de fuerza mayor
debidamente justificados) no presente la documentación debida.
La falsedad en el contenido de los documentos presentados implicará también la nulidad
de lo actuado, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
9.2. E
l domicilio y la dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el
único válido a efectos de notificaciones, siendo de responsabilidad exclusiva del aspirante
tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio
posterior del mismo.
X. I NCORPORACIÓN: PLAZOS Y EFECTOS.
10.1. La incorporación de los aspirantes que superen las pruebas selectivas a sus respectivos
puestos de trabajo se realizará de forma progresiva, atendiendo a la necesidad de la
empresa convocante y hasta la cobertura de la totalidad de los puestos objeto de la
presente convocatoria.
10.2. Elección de puestos entre los aspirantes que superen los procesos. La finalización de
los procesos de estabilización irá seguida del ofrecimiento de los puestos cubiertos de
forma temporal o interina, o de las resultas generadas por la cobertura de estos en un
concurso de traslados previo, entre los cuales elegirán los aspirantes seleccionados en
función de la puntuación obtenida en el proceso. En primer lugar, el ofrecimiento se
hará a los aspirantes aprobados en el presente proceso de Concurso-Oposición derivado
del artículo 2 de la Ley 20/2020, y a continuación elegirán los aspirantes seleccionados
en el proceso de Concurso derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava (si
la hubiere).
10.3. La incorporación al puesto de trabajo será comunicada a cada interesado. Los candidatos que obtengan un puesto de trabajo deberán efectuar su incorporación al mismo
en el plazo máximo de quince (15) días naturales a contar desde la fecha de recepción