Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064078)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de un puesto de trabajo de Locutor en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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siguiente día hábil. La no presentación en tiempo y forma supone la exclusión del
aspirante.
3.4. R
 elación de admitidos y excluidos, reclamaciones y errores de hecho.
3.4.1. F
 inalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General publicará la
relación provisional de admitidos y excluidos en la web indicada, señalando un plazo
de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para
que los interesados puedan presentar las reclamaciones o subsanaciones de defectos, por escrito, que estimen procedentes a través del correo electrónico:


convocatorias@canalextremadura.es.

Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de
sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó
la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en
la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las
pruebas.
3.4.2. L a Dirección General, resueltas las reclamaciones, hará pública en la web de Canal
Extremadura, la relación definitiva de admitidos y excluidos.
3.4.3. L os errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento del proceso, bien de
oficio, bien a instancia del interesado.
IV. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
4.1. E
 l Tribunal de Selección estará integrado por seis (6) miembros con voz y voto, incluido
el Secretario. Su composición será publicada en la web de Canal Extremadura (www.canalextremadura.es), constituyéndose de conformidad con lo dispuesto en el artículo del
artículo 47 del II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña de
Medios Audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión SAU.
4.1.1. P
 residirá el Tribunal, con voto de calidad en caso de empate, la Dirección General
de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, quien podrá delegar la Presidencia en un representante de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales
o de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU.
4.1.2. A
 ctuarán como vocales:


— Dos profesores de la Universidad de Extremadura, con conocimientos en las materias
correspondientes, propuestos por ésta y designados por el Director General.