Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022064018)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por reasignación del presupuesto entre tipología de actividades subvencionadas en virtud de la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022
64486
dad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con imputación a la
aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de 4.744.997,50 euros.
2. C
onsiderando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (4.744.997,50 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento. 1.897.999,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
1.897.999,00 euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 237.249,88
euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 474.499,
75 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. 237.249,87 euros.
3. L
as cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021”
Si atendemos a los datos obrantes en los archivos del órgano concedente, se observa que,
desde la eficacia de la resolución de convocatoria el día 21 de junio de 2022, las actividades
3 y 5 no han sido objeto de solicitud de ayudas, no existiendo, respecto de ellas, previsión de
agotamiento, mientras que la actividad 4 ha registrado escasas peticiones, en los tres casos
en relación con el reparto presupuestario inicial, centrándose el interés de las empresas en
las actividades 1 y 2.
En consecuencia, los citados datos favorecen y articulan las previsiones y medidas siguientes:
1ª) Dotar con mayor crédito el presupuesto asignado a la actividad 1 (achatarramiento)
en previsión de que el mismo pueda agotarse sin que resulten atendidas todas las
solicitudes pendientes sobre esta actividad (120), a las que habría que añadir las que
pudieran presentarse hasta la finalización del plazo de presentación, todas las cuales
pasarían a una fase de reserva o espera de no existir recursos para conceder las ayudas pretendidas.
2ª) Mantener un nivel de crédito suficiente para atender las peticiones de ayudas en relación con la actividad 2 (adquisición de vehículos de energías alternativas), evitando su
agotamiento en lo que resta de ejercicio.
Viernes 23 de diciembre de 2022
64486
dad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con imputación a la
aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de 4.744.997,50 euros.
2. C
onsiderando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (4.744.997,50 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento. 1.897.999,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
1.897.999,00 euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 237.249,88
euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 474.499,
75 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. 237.249,87 euros.
3. L
as cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021”
Si atendemos a los datos obrantes en los archivos del órgano concedente, se observa que,
desde la eficacia de la resolución de convocatoria el día 21 de junio de 2022, las actividades
3 y 5 no han sido objeto de solicitud de ayudas, no existiendo, respecto de ellas, previsión de
agotamiento, mientras que la actividad 4 ha registrado escasas peticiones, en los tres casos
en relación con el reparto presupuestario inicial, centrándose el interés de las empresas en
las actividades 1 y 2.
En consecuencia, los citados datos favorecen y articulan las previsiones y medidas siguientes:
1ª) Dotar con mayor crédito el presupuesto asignado a la actividad 1 (achatarramiento)
en previsión de que el mismo pueda agotarse sin que resulten atendidas todas las
solicitudes pendientes sobre esta actividad (120), a las que habría que añadir las que
pudieran presentarse hasta la finalización del plazo de presentación, todas las cuales
pasarían a una fase de reserva o espera de no existir recursos para conceder las ayudas pretendidas.
2ª) Mantener un nivel de crédito suficiente para atender las peticiones de ayudas en relación con la actividad 2 (adquisición de vehículos de energías alternativas), evitando su
agotamiento en lo que resta de ejercicio.