Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022082143)
Anuncio de 16 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a determinadas ayudas al alquiler concedidas por la Comunidad Autónoma de Extremadura al amparo del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
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Viernes 23 de diciembre de 2022

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ANUNCIO de 16 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a
determinadas ayudas al alquiler concedidas por la Comunidad Autónoma de
Extremadura al amparo del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el
que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (2022082143)
El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, regula los diferentes programas de ayudas que se
establecen en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
El artículo 10 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19,
dispone que mediante Orden Ministerial del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana se incorpore al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 un nuevo programa de ayudas
para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de
vivienda habitual, siendo atendido este mandato en la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril.
Las bases reguladoras de dichas subvenciones son las establecidas en el Decreto 204/2018,
de 18 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y en la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social del
COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado a dicho plan.
El artículo 17 de dichas bases, y el 12 de la Orden de 30 de abril, disponen que las subvenciones concedidas se publicarán en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/concesiones, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se
imputen, e identificando al beneficiario, la cantidad concedida, y la finalidad o finalidades de
las subvenciones concedida. La publicación se efectuará en el Diario Oficial de Extremadura
cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía igual o
superior a 3.000 euros.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de estas, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a los