Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2022063982)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2023.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022
63848
3. L
a Dirección Gerencia del SEPAD dictará la resolución que proceda cuando la cuantía de la
subvención deba ser objeto de reducción o reintegro por razón de las modificaciones autorizadas conforme a lo establecido anteriormente o en el caso de que las subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos recibidos, aisladamente o en concurrencia, para el mismo fin,
superen en su conjunto, el coste total de la actividad subvencionada, de conformidad con
lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Décimo cuarto. De la subcontratación de las actividades subvencionadas.
Las entidades beneficiarias podrán concertar con terceros la ejecución parcial de la actividad
subvencionada por un importe inferior al 20% del importe concedido.
Décimo quinto. Devolución voluntaria.
1. S
e entiende por devolución voluntaria aquella que se realiza por la entidad beneficiaria sin
previo requerimiento de la Administración.
2. C
uando se produzca la devolución voluntaria, el órgano concedente de la subvención calculará y exigirá posteriormente el interés de demora en los términos establecidos en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3. S
e podrá efectuar esta devolución mediante ingreso, en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a través del modelo 50, consignando el número de código 11430-1.
Décimo sexto. Criterios de graduación de los incumplimientos de las condiciones
impuestas con motivo de la concesión.
Sin perjuicio de la aplicación a todas las modalidades de lo establecido en el artículo 16 del
Decreto 86/2017, de 13 de junio, para el caso de incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión, en el caso de la modalidad B, además, y no obstante lo dispuesto en el artículo 43 de esa misma norma, si la media de usuarios de una entidad al final
de la anualidad es inferior al rango conforme al cual ha obtenido subvención por este concepto
se procederá al reintegro parcial de la subvención percibida que se calculará como la diferencia entre la cuantía de la subvención así concedida y la que le correspondería por la media de
ocupación efectiva de usuarios del centro, sin que el mismo afecte a la parte de la subvención
correspondiente a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.
Jueves 22 de diciembre de 2022
63848
3. L
a Dirección Gerencia del SEPAD dictará la resolución que proceda cuando la cuantía de la
subvención deba ser objeto de reducción o reintegro por razón de las modificaciones autorizadas conforme a lo establecido anteriormente o en el caso de que las subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos recibidos, aisladamente o en concurrencia, para el mismo fin,
superen en su conjunto, el coste total de la actividad subvencionada, de conformidad con
lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Décimo cuarto. De la subcontratación de las actividades subvencionadas.
Las entidades beneficiarias podrán concertar con terceros la ejecución parcial de la actividad
subvencionada por un importe inferior al 20% del importe concedido.
Décimo quinto. Devolución voluntaria.
1. S
e entiende por devolución voluntaria aquella que se realiza por la entidad beneficiaria sin
previo requerimiento de la Administración.
2. C
uando se produzca la devolución voluntaria, el órgano concedente de la subvención calculará y exigirá posteriormente el interés de demora en los términos establecidos en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3. S
e podrá efectuar esta devolución mediante ingreso, en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a través del modelo 50, consignando el número de código 11430-1.
Décimo sexto. Criterios de graduación de los incumplimientos de las condiciones
impuestas con motivo de la concesión.
Sin perjuicio de la aplicación a todas las modalidades de lo establecido en el artículo 16 del
Decreto 86/2017, de 13 de junio, para el caso de incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión, en el caso de la modalidad B, además, y no obstante lo dispuesto en el artículo 43 de esa misma norma, si la media de usuarios de una entidad al final
de la anualidad es inferior al rango conforme al cual ha obtenido subvención por este concepto
se procederá al reintegro parcial de la subvención percibida que se calculará como la diferencia entre la cuantía de la subvención así concedida y la que le correspondería por la media de
ocupación efectiva de usuarios del centro, sin que el mismo afecte a la parte de la subvención
correspondiente a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.