Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2022063982)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2023.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que
se convocan las subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de
lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro
cognitivo para el año 2023. (2022063982)
El Plan Integral de Atención Sociosanitaria al Deterioro Cognitivo (PIDEX), tiene como objetivo la atención global a pacientes con deterioro cognitivo, tanto a nivel clínico como social,
coordinando distintas estructuras sanitarias y sociales, e incorporando distintos recursos tanto a nivel material como personal.
Este Plan pretende establecer una atención integrada del deterioro cognitivo toda vez que las
personas afectadas pueden presentar discapacidades que dificultan o impiden su autonomía a
nivel familiar, laboral y social, dificultando en definitiva su integración social y funcionamiento
autónomo en las actividades de la vida diaria.
De conformidad con lo anterior, el PIDEX establece como una de sus líneas de actuación la
reorganización y optimización de los actuales centros de día, el diseño e instauración de los
servicios de apoyo a familias y la realización de campañas de sensibilización específicamente
en lo referido a la prevención primaria.
El Decreto 86/2017, de 13 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales para la prestación de
servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas mayores o con deterioro cognitivo,
establece en su artículo 1, dentro de su ámbito de actuación, los proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo, desarrollados por entidades privadas sin fin de lucro, los cuales
aparecen regulados específicamente en el Capítulo IV del citado decreto.
La publicación de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura ha venido a modificar la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación al procedimiento para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que de conformidad
con el artículo 23, se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por Resolución de la
Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y publicada en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la resolución de concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria corresponde al Director Gerente del SEPAD, de conformidad con el artículo 5 del Decreto 222/2008,