Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063989)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es Comercial Agropecuaria, SAT (CASAT), en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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contraste será inferior a los valores máximos permitidos en función de la zona en la que
se ubique la instalación conforme a lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria EA-03 Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta del Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias.
b) El factor de mantenimiento y factor de utilización cumplirán los límites establecidos en
la ITC-EA-04, garantizándose el cumplimiento de los valores de eficiencia energética de
la ITCEA-01.
- f - Solicitud de inicio de actividad y puesta en servicio
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad ampliada no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU,
la Dirección General de Sostenibilidad previa audiencia del titular, acordará la caducidad de
la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23.a) de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de la actividad ampliada según lo
dispuesto en el artículo 19 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada
en dicho artículo, y en particular:
a) Los resultados del primer control externo de emisiones contaminantes a la atmósfera
según las prescripciones establecidas en el apartado g.
b) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
c) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26
del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones y los
del Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del ruido, en lo
referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
d) Licencia de obra otorgada por el Ayuntamiento de Don Benito, en caso de que hubiera
sido preceptiva.