Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063989)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es Comercial Agropecuaria, SAT (CASAT), en el término municipal de Don Benito.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

ambiente y a la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización,
el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de
Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Comercial Agropecuaria, SAT (CASAT)
para el proyecto de industria alimentaria, categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes
materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada,
precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de
productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso
de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un
año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal de Don
Benito, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la actividad proyectada es el AAUN 22/075.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento,
gestión y control de los residuos generados en la actividad
1. La actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER(1)

Lodos de lavado, limpieza, pelado,
centrifugado y separación

Alperujos procedentes del centrifugado de la
masa de aceitunas

02 03 01

Lodos de lavado, limpieza, pelado,
centrifugado y separación

Residuos de lavado de aceitunas (piedras y
tierras)

02 03 01

Lodos del tratamiento in situ de
efluentes

Depuradora del arenero

02 03 05

Cenizas de hogar, escorias y polvo
de caldera

Cenizas procedentes de la combustión de la
caldera de agua caliente

10 01 01