Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pymes. Ayudas. (2022050232)
Orden de 14 de diciembre de 2022 por la que se fija el tipo de interés a aplicar durante el primer semestre natural del año 2023 a las operaciones formalizadas al amparo del Decreto 56/2012, de 13 de abril, por el que se establece el programa de financiación a empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de estas ayudas.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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ORDEN de 14 de diciembre de 2022 por la que se fija el tipo de interés a
aplicar durante el primer semestre natural del año 2023 a las operaciones
formalizadas al amparo del Decreto 56/2012, de 13 de abril, por el que
se establece el programa de financiación a empresas en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
de estas ayudas. (2022050232)
El Decreto 56/2012, de 13 de abril, por el que se establece el programa de financiación a
empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba la primera
convocatoria de estas ayudas, tiene por objeto establecer una línea de ayudas en forma de
bonificación de tipos de interés con objeto de reducir los costes financieros de aquellas empresas que han recurrido a la financiación externa para obtener los fondos necesarios que les
permitan acometer inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se
persigue facilitar el acceso a la financiación del tejido empresarial extremeño dándole además
un apoyo financiero adicional que favorezca su desarrollo, estimule la iniciativa emprendedora
y el crecimiento empresarial y, en definitiva, mejore la competitividad de las empresas lo cual
redundará en la generación de empleo.
Las ayudas que se regulan en este Decreto son una continuación de las ya establecidas mediante el derogado Decreto 19/2007, de 6 de febrero, por el que se establece un programa
de financiación prioritaria del tejido empresarial de esta Comunidad Autónoma de Extremadura, si bien se incorporan una serie de novedades como consecuencia, por un lado, de la
obligatoria necesidad de adaptarse a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y, por otro lado, el de adaptarse a la situación económica actual. .
En su artículo 13 , el Decreto 56/2012, de 13 de abril, por el que se establece el programa de
financiación a empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba
la primera convocatoria de estas ayudas, refleja el carácter de revisables a los tipos de interés
aplicar a las operaciones financieras, y en el artículo 14 establece el cálculo del tipo de interés
de referencia y del tipo de interés a aplicar a las operaciones , amén de determinar que el
tipo de interés a aplicar cada semestre a las operaciones formalizadas se fijará por Orden de
la Consejería que tenga atribuidas las competencias de Hacienda, publicándose en el Diario
Oficial de Extremadura
No obstante, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del citado artículo 14 del Decreto 56/2012, de 13 de abril, por el que se establece el programa de financiación a empresas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba la primera convocatoria
de estas ayudas siempre que el interesado solicite autorización para formalizar la operación,
préstamo o leasing, a un tipo superior al señalado anteriormente y presente un certificado