Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0092)
Acuerdo de 14 de diciembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Panamá y Misión Comercial Directa Estados Unidos (Miami), para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del último ejercicio liquidado, para
acreditar el volumen de ventas fuera de España, y concretamente la cifra de exportación en relación con su volumen de facturación.


f) Sólo en el caso de las Misiones Comerciales Directas: Anexo III (Company Profile/
Perfil de empresa), cumplimentado en todos sus apartados.

Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, podrá recabar de sus archivos aquellos documentos que se identifiquen de forma conveniente en la solicitud y que se encuentren
en su poder. El solicitante deberá indicar en el Anexo I, el procedimiento concreto en el que
se encuentra depositada la documentación, describiéndola de forma precisa, y declarando de
forma responsable que la misma se encuentra vigente y que no ha sufrido ninguna variación,
caso contrario, la documentación deberá presentarse de nuevo.
Artículo 6. Plazo de presentación de solicitudes y subsanación.
El plazo para la presentación de solicitudes será de seis (6) días hábiles, y se computará a
partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria y extracto correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo
de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación
de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 7. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas recogidas en esta convocatoria se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo
superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de
tres ejercicios fiscales.
Artículo 8. Ordenación e Instrucción del procedimiento.
Corresponde al Subdirector de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la
ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de la ayuda regulada en la presente
convocatoria, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deberá formularse