Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0092)
Acuerdo de 14 de diciembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Panamá y Misión Comercial Directa Estados Unidos (Miami), para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

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del beneficiario, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su corrección subsanación.
La falta de presentación de la justificación en plazo conllevará la pérdida del derecho a la ayuda, y en su caso el inicio de los trámites de reintegro, en los términos previstos en el artículo
siguiente.
Artículo 15. Incumplimiento de condiciones, reintegro y graduación de su alcance.
1. C
 orresponde al Secretario General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, la competencia para la gestión del reintegro total de la ayuda concedida, así como la exigencia del interés de demora devengado desde el momento efectivo
del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, sin
perjuicio de las demás acciones legales que proceda en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente o justificación
fuera del plazo establecido.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por el beneficiario que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo hubieran
impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida.
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios en la resolución de
concesión.
e) I ncumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el
artículo 20 del Decreto 210/2017, de 28 de noviembre.
f) Se entenderá también como causa de incumplimiento que tendrá las consecuencias
previstas en el apartado anterior, la renuncia no justificada a la participación en las diferentes acciones de promoción.
g) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
h) N
 o someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.