Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063953)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Prórroga, para el año 2022, de los efectos del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la Empresa "Autocares de Badajoz, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los Servicios de Transporte Público Regular y de Uso General de Viajeros por Carretera JEV-025, durante el año 2021.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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ACUERDO DE PRÓRROGA, PARA EL AÑO 2022, DE LOS EFECTOS DEL
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “AUTOCARES DE BADAJOZ, SL”,
PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE
LA MOVILIDAD PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y
OTRAS PRESTACIONES PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS
POR CARRETERA JEV-025, DURANTE EL AÑO 2021.
Mérida, 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda,
actuando en nombre y representación de la Consejería del mismo nombre, en virtud de la
competencia que le confiere el artículo 36. a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Javier Augusto Martínez Prieto, con DNI n.º: ***9565**, actuando en nombre y
representación de la empresa “Autocares de Badajoz, SL”, con NIF n.º B-06751937, titular del
contrato de concesión del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por
carretera JEV-025, (Oliva de la Frontera- Cáceres e Higuera de Llerena-Badajoz, con hijuelas).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
Acuerdo, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero. Con fecha 29 de marzo de 2021, la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y la empresa “Autocares de Badajoz, SL”, suscribieron el Convenio de colaboración para la
gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto
83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de
transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera, (JEV-025), durante el
año 2021.
Segundo. La Cláusula UNDÉCIMA del Convenio de colaboración, (Plazo de vigencia), a tenor
de lo dispuesto en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, establece que: “El presente convenio de colaboración será eficaz desde el momento de su firma, extendiendo los efectos
de su vigencia a partir del día 1 de enero de 2021 y hasta el día 31 de diciembre de 2021,
(estableciéndose como condición resolutoria la entrada en funcionamiento del contrato que
actualmente se licita sobre los mismos servicios), siendo susceptible, de conformidad con el