Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063932)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico Regional de Regadíos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLANEREX). Expte.: IA19/1489.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022
63394
Medidas preventivas y correctoras:
1. L
a elaboración del Plan estratégico debe partir de un pormenorizado estudio del territorio (medio físico, biológico, socioeconómico, etc.) que permita conocer los valores
ambientales existentes y su problemática. El diagnóstico tiene que servir de base
para establecer una valoración ambiental, de forma que el modelo adoptado respete
los principios de sostenibilidad ambiental.
2. E
l territorio objeto del Plan estratégico presenta coincidencia con el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del lince ibérico, del Plan de Recuperación del águila
imperial ibérica, del Plan de Recuperación del desmán ibérico, del Plan de Recuperación del murciélago mediano de herradura, así como del Plan de Conservación del
Hábitat del águila perdicera, del Plan de Conservación del Hábitat del buitre negro y
del Plan de Manejo de la Grulla común. Habrán de tenerse en cuenta, por tanto, las
directrices y aspectos normativos contemplados en dichos Planes.
De manera particular, en cuanto al lince ibérico, es especialmente relevante contemplar en la planificación criterios y medidas para el mantenimiento y, en su caso,
restauración de la conectividad ecológica, que permitan reducir los riesgos para la
conservación de la especie derivados del efecto barrera y la mortalidad provocados
por infraestructuras lineales, como son las carreteras y canales.
Respecto a las especies de aves rapaces rupícolas:
“2.1. (D) Se favorecerá la complejidad y diversidad vegetal de las zonas que son
usadas como zonas de alimentación de rapaces incluidas en el anexo I de la Directiva Aves. Así, se fomentará el paisaje en mosaico, con diversidad de cultivos, linderos
y zonas con vegetación, todo ello encaminado a favorecer el refugio de las especies
presa. En este sentido, se procurará evitar la intensificación agrícola, creación de
monocultivos o puesta en regadío de estas zonas.”
“2.2. (D) En las zonas de alimentación de rapaces rupícolas del anexo I de la Directiva Aves, se favorecerá la presencia de árboles que, por su porte o ubicación, puedan
ser utilizados como atalaya por el águila real y/o el águila perdicera.”
En cuanto a los quirópteros, conforme al apartado 3.3. (D) del Plan Director de Red
Natura, se procurará el incremento de la heterogeneidad del paisaje agrario manteniendo las estructuras de vegetación marginales (lindes y setos, vegetación de
ribera, zonas húmedas, islas de vegetación natural, etc.) y, en su caso, promoviendo
su recuperación. En este sentido, se promoverá la reducción del uso de productos
fitosanitarios para el control de la vegetación natural.
Martes 20 de diciembre de 2022
63394
Medidas preventivas y correctoras:
1. L
a elaboración del Plan estratégico debe partir de un pormenorizado estudio del territorio (medio físico, biológico, socioeconómico, etc.) que permita conocer los valores
ambientales existentes y su problemática. El diagnóstico tiene que servir de base
para establecer una valoración ambiental, de forma que el modelo adoptado respete
los principios de sostenibilidad ambiental.
2. E
l territorio objeto del Plan estratégico presenta coincidencia con el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del lince ibérico, del Plan de Recuperación del águila
imperial ibérica, del Plan de Recuperación del desmán ibérico, del Plan de Recuperación del murciélago mediano de herradura, así como del Plan de Conservación del
Hábitat del águila perdicera, del Plan de Conservación del Hábitat del buitre negro y
del Plan de Manejo de la Grulla común. Habrán de tenerse en cuenta, por tanto, las
directrices y aspectos normativos contemplados en dichos Planes.
De manera particular, en cuanto al lince ibérico, es especialmente relevante contemplar en la planificación criterios y medidas para el mantenimiento y, en su caso,
restauración de la conectividad ecológica, que permitan reducir los riesgos para la
conservación de la especie derivados del efecto barrera y la mortalidad provocados
por infraestructuras lineales, como son las carreteras y canales.
Respecto a las especies de aves rapaces rupícolas:
“2.1. (D) Se favorecerá la complejidad y diversidad vegetal de las zonas que son
usadas como zonas de alimentación de rapaces incluidas en el anexo I de la Directiva Aves. Así, se fomentará el paisaje en mosaico, con diversidad de cultivos, linderos
y zonas con vegetación, todo ello encaminado a favorecer el refugio de las especies
presa. En este sentido, se procurará evitar la intensificación agrícola, creación de
monocultivos o puesta en regadío de estas zonas.”
“2.2. (D) En las zonas de alimentación de rapaces rupícolas del anexo I de la Directiva Aves, se favorecerá la presencia de árboles que, por su porte o ubicación, puedan
ser utilizados como atalaya por el águila real y/o el águila perdicera.”
En cuanto a los quirópteros, conforme al apartado 3.3. (D) del Plan Director de Red
Natura, se procurará el incremento de la heterogeneidad del paisaje agrario manteniendo las estructuras de vegetación marginales (lindes y setos, vegetación de
ribera, zonas húmedas, islas de vegetación natural, etc.) y, en su caso, promoviendo
su recuperación. En este sentido, se promoverá la reducción del uso de productos
fitosanitarios para el control de la vegetación natural.