Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022063954)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Fuerzas Energéticas del Sur de Europa XXVI, SL, para la subestación colectora "El Gordo 30/132 kV", e infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas, ubicada en los términos municipales de El Gordo, Peraleda de la Mata y Talayuela (Cáceres). Expte.: GE-M/01/21.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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vicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo
manifestado éstas oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados
por el promotor los informes emitidos por los mismos.
Quinto. Con fecha de 13 de julio de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, emite resolución por la que se formula
declaración de impacto ambiental favorable sobre el proyecto Subestación Colectora “El Gordo” 30/132 kV, línea de evacuación S/C 132 kV y ampliación SE “Talayuela” 30/132/400 kV, en
los términos municipales de El Gordo, Peraleda de la Mata y Talayuela, publicada en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 152, de fecha 8 de agosto de 2022.
Sexto. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 22 de julio de 2022,
D. Fernando Samper Rivas, en nombre y representación de la sociedad Fuerzas Energéticas
del Sur de Europa XXVI, SL, presentó reformado del proyecto del expediente de referencia,
motivado por cambios en el trazado de la línea de evacuación, debidos a la afección de protección urbanística del embalse de Valdecañas y compatibilizar con el proyecto de ampliación
del Polígono Industrial de “Puerta de Extremadura” en el T.M. de Peraleda de la Mata; dándose
traslado de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo,
no habiendo manifestado éstas oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo,
aceptados por el promotor los informes emitidos por los mismos.
Séptimo. Con fecha de entrada en el registro electrónico de la Administración General del
Estado de 7 de diciembre de 2022, la sociedad Fuerzas Energéticas del Sur de Europa XXVI,
SL, completó la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa
previa de la instalación de referencia.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía, modificado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Autónoma de
Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, incluida
la eléctrica cuando el aprovechamiento de ésta no afecte a otras Comunidades Autónomas.
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto del Presidente
16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, así como lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se