Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2022050227)
Orden de 13 de diciembre de 2022 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería Cultura, Turismo y Deportes.
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

III

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OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 13 de diciembre de 2022 por la que se modifica puntualmente la
relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería Cultura,
Turismo y Deportes. (2022050227)
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente orden, se procede a la modificación de la relación de puestos de trabajo
de personal laboral, llevando de este modo, a puro y debido efecto, la ejecución del fallo de
la Sentencia firme n.º 427/2021, de 1 de julio, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública aprobar las modificaciones puntuales en los supuestos que se determinan en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del
artículo 1 del mencionado decreto.