Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sistema Sanitario Público De Extremadura. (2022050226)
Orden de 13 de diciembre de 2022 por la que se crea y regula la Comisión de Investigación e Innovación en Salud del Servicio Extremeño de Salud.
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Martes 20 de diciembre de 2022

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miento de enfermedades de alto impacto en la población, sean comunicados inmediatamente
a las Administraciones sanitarias, las cuales evaluarán, de manera conjunta, el impacto en
salud de la población de los resultados de las investigaciones financiadas con fondos públicos.
La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura crea el Sistema Sanitario Público
de Extremadura, el cual tiene entre sus funciones fomentar la investigación, docencia y formación continuada del personal, correspondiendo a la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecer reglamentariamente los principios al que han de
ajustarse estas actividades. La investigación sanitaria contribuirá a la promoción y mejora
de la salud de la población de Extremadura, prestando especial atención a las causas de la
enfermedad y a la evaluación de la eficiencia de las intervenciones sanitarias y, así mismo,
aquellas áreas de intervención priorizadas en el Plan de Salud de Extremadura. La misma ley
crea el Servicio Extremeño de Salud, como órgano instrumental para la ejecución de las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sanitarios que
le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a los
objetivos y principios establecidos por la ley. Entre estas finalidades la misma ley considera
que este nuevo marco de ordenación específico debe ser flexible, generador de innovaciones,
motivador para todas las personas trabajadoras en el ámbito de la salud y adaptable a los
constantes cambios que demanda la sociedad extremeña.
Actualmente, la investigación que se desarrolla en el Sistema Sanitario Público de Extremadura
no siempre está dirigida a los intereses de la ciudadanía o a la evaluación de las intervenciones sanitarias, como propone la Ley de Salud de Extremadura. También son escasos los
grupos de investigación catalogados en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud, con líneas de investigación potentes
y perdurables en el tiempo, que además consigan la transferencia de sus resultados al propio
Sistema Sanitario Público de Extremadura.
Por otro lado, la amplitud de disciplinas y la rapidez con las que llegan las innovaciones hace
inabordable, para los equipos gestores, una toma de decisiones basadas en el conocimiento,
dificultando enormemente conocer la adecuación de la inversión.
Resultado de todo lo anterior, se considera que el abordaje técnico y coordinado de la investigación en salud y la innovación debe ser una prioridad para el Servicio Extremeño de Salud,
poniendo los medios necesarios para desarrollar todo su potencial.
Esta orden se ajusta a lo dispuesto en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, en la que se recogen, como
principios generales, la integración de la perspectiva de género en línea con lo establecido en
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.