Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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con anterioridad, y propone para su aprobación un Plan General Municipal que se adapta
en lo básico a la estructura documental prevista en el artículo 75 de la LSOTEX y artículos 42 y siguientes del RPLANEX. Sin perjuicio de la necesidad de realizar las oportunas
adaptaciones en la Memoria Justificativa, de acuerdo con las previsiones finales del plan,
que a su vez debe ser congruente con las determinaciones de la Declaración Ambiental
Estratégica.
El asunto fue examinado en anterior sesión de la CUOTEX de 28/04/2022, que acordó
dejar en suspenso el pronunciamiento sobre su aprobación definitiva hasta tanto se complemente, justifique y corrija la documentación de conformidad con lo indicado en el propio
acuerdo, y lo detallado en los informes técnico y jurídico que los acompañan.
La nueva propuesta presentada, que ha sido ratificada mediante nuevo acuerdo plenario
de 02/06/2022, corrige las deficiencias documentales y sustantivas apreciadas en la anterior sesión de la CUOTEX.
Su contenido documental se considera suficiente y conforme a lo previsto en el artículo
75 de la LSOTEX y artículos 42 y siguientes del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura (RPLANEX). Sin perjuicio
de la necesidad de realizar, en su caso, las oportunas adaptaciones en la Memoria Justificativa, de acuerdo con las previsiones finales del plan, que a su vez debe ser congruente
con las determinaciones de la Memoria Ambiental elaborada (artículos 14 y 22 del Decreto
54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura).
Sus determinaciones se han adaptado a la ordenación y previsiones del artículo 70 de la
LSOTEX, conforme a los indicadores y estándares de sostenibilidad urbana establecidos en
el artículo 74 de este mismo cuerpo legal.
V. Acuerdo.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto
y con el fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos
previstos en el artículo 78 de la LSOTEX.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA