Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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ACUERDO de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General
Municipal "simplificado" de Carmonita (PG). (2022AC0091)
Asunto: Plan General Municipal “simplificado”. CARMONITA (PG)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
de 29 de septiembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 09/02/2017
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 22/03/2017 y en un diario de tirada regional, fue sometido a aprobación
provisional, sucesivamente, el 21/10/2021, el 27/02/2020 y el 19/01/2022.
El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus
intereses de los órganos sectoriales afectados.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación de la declaración ambiental estratégica
el 22/04/2021.
Tras el anterior acuerdo de la CUOTEX de 28/04/2022, y tras el último acuerdo de aprobación provisional por el Pleno municipal de 02/06/2022, se ha remitido nuevo proyecto diligenciado junto a escrito expresivo de los cambios realizados, para su aprobación
definitiva.
II. Competencia.
La Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura (LOTUS), modificada por el Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo, de medidas urgentes para la reactivación económica en materia de edificación y ordenación del
territorio destinadas a dinamizar el tejido económico y social de Extremadura, para afrontar los efectos negativos de la COVID-19, dispone en su disposición transitoria cuarta que
los instrumentos de planeamiento y desarrollo urbanísticos aprobados inicialmente a su
entrada en vigor podrán continuar su tramitación de acuerdo con las normas de procedimiento previstas en la LSOTEX, siempre que se aprueben definitivamente en el plazo de 4
años desde la entrada en vigor de la LOTUS, en cuyo caso les será de aplicación el mismo
régimen previsto en la disposición transitoria segunda para los instrumentos aprobados