Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063892)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición de las Comisiones de Baremación para la valoración de méritos de las personas participantes en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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RESUELVE:
Primero. Nombrar a las personas integrantes de las Comisiones de Baremación I, II y III relacionadas en los anexos I, II y III, respectivamente, que se acompañan a la presente Resolución, en referencia a los procedimientos convocados mediante Resolución de 14 de noviembre
de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, y cuyas funciones serán las señaladas
en la Base 6 de la citada Resolución:
a) Valorar los méritos de los aspirantes según el baremo, anexo III.
b) Asignar las puntuaciones provisionales de los méritos de los aspirantes. Esta valoración
se hará en nombre del Tribunal de Selección, según lo recogido en el apartado 5.4 de la
presente norma y se publicará mediante Resolución de la Dirección General de Personal
Docente.
c) Resolver las reclamaciones presentadas contra las puntuaciones provisionales.
d) Asignar las puntuaciones definitivas de los méritos de los aspirantes, que se publicarán
mediante Resolución de la Dirección General de Personal Docente.
e) Elevar al Tribunal de Selección las puntuaciones definitivas.
f) Levantar acta de todas las actuaciones realizadas.
g) Confeccionar el expediente de su actuación para su remisión a la comisión de selección.
Segundo. De acuerdo con lo señalado en la Base 6, apartado 6.5 de la Resolución de 14 de
noviembre de 2022, el personal integrante de las Comisiones de Baremación tendrán la categoría primera del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de
servicio.
Tercero. Aquel personal integrante de las Comisiones que se halle incurso en alguna de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicarlo para su resolución a la Dirección General de Personal Docente por escrito, en el plazo
de diez días naturales contados a partir de la publicación de la presente, en el Diario Oficial
de Extremadura.
Asimismo, según se determina en el artículo 24 de la citada Ley, el personal aspirante que
participe en estos procedimientos podrá recusar al personal integrante de las Comisiones por
alguno de los motivos establecidos en el artículo 23 mencionado en el párrafo anterior.